
Amigos ADANA
A través de las aportaciones de muchas personas y entidades se ha logrado llevar a cabo una serie de actividades sin coste o con reducción del mismo para los beneficiarios. A continuación detallamos algunas de estas acciones:
- Información y asesoramiento: profesionales de la fundación dedican aproximadamente 8 horas semanales a ofrecer información y asesoramiento gratuito a padres, otros familiares, a los mismos afectados, estudiantes, profesionales... interesados en el TDAH, a través de entrevistas individuales o charlas grupales.
- Conferencias al público: trimestralmente Adana ofrece una conferencia dirigida al público en general y llevada a cabo por profesionales con un alto grado de experiencia y conocimientos en el trastorno, que colaboran de forma desinteresada.
- Conferencias a escuelas: Se llevan a cabo conferencias informativas en escuelas para dar a conocer el TDAH y posibles estrategias para su manejo.
- Charlas informativas a EAPs: se mantienen contactos y se ofrecen charlas informativas sobre el TDAH a los Equipos de Asesoramiento Psicopedagógico.
- Adana Revista: A lo largo del año los AMIGOS DE ADANA reciben en sus domicilios 3 revistas elaboradas por la fundación en colaboración con padres y profesionales. Esta revista también se distribuye en los principales centros de salud, Equipos de Asesoramiento Psicopedagógico, Centros de recursos, etc.
- Actividades de formación: Los AMIGOS DE ADANA, disponen además, de descuentos en todas las actividades de formación que se llevan a cabo en la fundación. Fundación Adana ofrece también becas a las familias con dificultades económicas para que puedan llevar a cabo actividades de formación.
- Cuadernos informativos: Desde Adana se elaboran, editan y distribuyen cuadernos monográficos distintos sobre el TDAH y temas relacionados, a familias, escuelas, centros de salud, profesionales diversos, etc. con el fin de dar a conocer el trastorno.
Ventajas fiscales:
Desgravaciones (Ley 49/2002, de 23 de diciembre de 2002)
- Personas físicas: deducción del 25 % del importe del donativo en la cuota a pagar por el IRPF, con el límite previsto en el artículo 56 de la Ley 40/1998 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Personas jurídicas: deducción de la cuota íntegra por el Impuesto de Sociedades del 35 % del importe de la donación. La base de la deducción no podrá exceder del 10 % de la base total imponible.
Se entregará un certificado acreditativo del donativo.
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CAMPUSDE VERANO 2009
ACTIVIDADES ADANA